
26 de agosto/ Cancún, Q. Roo. – La dirigente del Partido Revolucionario Institucional (PRI) en Quintana Roo, Cora Amalia Castilla Madrid, cuestionó la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) respecto a reformas al marco legal que excluyen de regidurias a las y los candidatos que pierdan la elección a ayuntamientos.
Castilla Madrid sostuvo que dicha modificación limita la representación de las minorías y afecta a partidos y candidaturas que, aunque no ganen una elección de mayoría relativa, obtienen una cantidad de votos que les permite participar en la integración de los ayuntamientos.
De acuerdo con la postura del PRI, antes de la reforma los ayuntamientos se integraban bajo un esquema que permitía que quien encabezaba una candidatura a la presidencia municipal, de una planilla que no obtenía el triunfo, pudiera acceder a una regiduría de representación proporcional cuando correspondiera a su partido.
La resolución de la SCJN, correspondiente a la Acción de Inconstitucionalidad 72/2026 promovida por el PRI validó el artículo 383 de la legislación electoral estatal, que establece que las regidurías de representación proporcional se asignen a las personas registradas específicamente para esos cargos, siguiendo el orden de la lista de candidaturas de cada planilla.
La dirigente del PRI afirmó que Quintana Roo había desarrollado una legislación electoral que contemplaba a los ayuntamientos como órganos colegiados y permitía que las opciones políticas que obtenían una votación significativa tuvieran representación en los cabildos.
Según Castilla Madrid, la modificación afecta ese esquema al impedir que las candidaturas que compitieron por las presidencias municipales y no ganaron puedan acceder a una regiduría por la vía de representación proporcional.
La medida reduce, en los hechos, los espacios de representación de las minorías y dijo que los ciudadanos que votaron por una opción distinta a la ganadora también tienen derecho a contar con representación en los cabildos.
La SCJN determinó que la reforma no modificó la fórmula de distribución de las regidurías, el porcentaje de votación requerido para acceder a ellas, el número de cargos asignables ni el derecho de los partidos minoritarios a participar en los ayuntamientos.
El cambio validado se refiere al orden de prelación de las candidaturas para ocupar las regidurías de representación proporcional.
La Corte también estableció que, en este mecanismo de representación, el voto se emite a favor de los partidos políticos y no genera un derecho individual para que la candidatura derrotada a la presidencia municipal obtenga de manera automática una regiduría.
Castilla Madrid refutó esa interpretación y señaló que el PRI continuará defendiendo la participación de las distintas fuerzas políticas en los ayuntamientos y los derechos de las y los electores que votan por opciones distintas a la que obtiene la mayoría.



