
La iniciativa que promueve el Partido del Trabajo en la Cámara de Diputados también incluye sanciones a médicos e intermediarios
La gestación subrogada podría convertirse en delito en México, con castigos de hasta 25 años de prisión para quienes contraten, faciliten o lucren con el embarazo de una mujer para entregar al recién nacido a terceros.
La iniciativa que promueve el Partido del Trabajo en la Cámara de Diputados también busca llevar a prisión a médicos, intermediarios, agencias y fedatarios públicos que participen en esta práctica, incluso cuando exista un acuerdo o contrato con consentimiento de las partes y sin importar si hay una contraprestación económica, explicó la diputada del PT, Nora Yessica Merino Escamilla, al presentar la iniciativa.
Precisó que las modificaciones a la Ley General de Salud, la Ley General en Materia de Trata de Personas y el Código Penal Federal buscan incorporar la llamada “explotación reproductiva” como una modalidad de “explotación de personas”.
Para ello, dijo, en la Ley General de Salud se propone establecer “como materia de salubridad general la prohibición de la gestación subrogada”, entendida como el procedimiento mediante el cual una mujer gesta a una persona por cuenta de otra u otras, “a partir de un acuerdo, contrato o convenio, celebrado antes o durante el embarazo, con o sin pago, para entregar al recién nacido a alguien distinto de quien lo gestó”.
Uno de los apartados centrales de la propuesta es la adición del artículo 31 Bis a la Ley General en Materia de Trata de Personas, para tipificar la explotación reproductiva y castigar con 15 a 25 años de prisión y de dos mil a 30 mil días multa a quien consiga, mediante contrato o convenio, “que una mujer geste a una persona para entregarla a un tercero o establecer su filiación a favor de alguien distinto de la gestante”.
La misma pena alcanzaría a quienes capten, recluten, trasladen, alojen o retengan a mujeres con ese propósito, así como a quienes intermedien, promuevan, financien o publiciten la práctica.
También quedarían sujetos a estas sanciones los profesionales, técnicos y auxiliares de las disciplinas de la salud que ejecuten los procedimientos médicos, así como los fedatarios públicos que formalicen los actos jurídicos, siempre que conozcan la finalidad de los acuerdos.
De acuerdo con la iniciativa, las penas podrían incrementarse hasta en una mitad cuando la mujer gestante sea menor de 18 años, pertenezca a una comunidad indígena o afromexicana, viva en condiciones de pobreza, migración o vulnerabilidad, o cuando el responsable sea servidor público o integrante de la delincuencia organizada.
La propuesta establece expresamente que la mujer que gesta “no será considerada responsable del delito, sino que tendrá en todo momento la calidad de víctima, con derecho a recibir protección, asistencia y reparación del daño”.
Merino Escamilla precisó que la iniciativa establece penas de cuatro a nueve años de prisión y multas de entre 10 mil y 15 mil veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA) para responsables, directores, propietarios o administradores de establecimientos médicos que permitan estos procedimientos o no procuren impedirlos.
También contempla la clausura definitiva de las instalaciones.
La misma sanción se aplicaría a quienes operen agencias, despachos u oficinas dedicadas a intermediar en la contratación de mujeres gestantes.
En la exposición de motivos, la legisladora precisó que, en materia penal, se plantea incorporar el artículo 366 Quinquies al Código Penal Federal, para imponer de ocho a 15 años de cárcel y de mil a cinco mil días multa a quien “entregue o reciba a un recién nacido en cumplimiento de un acuerdo de gestación subrogada, cuando los hechos no constituyan trata de personas”.
La iniciativa fue turnada a las comisiones unidas de Salud y de Justicia de la Cámara de Diputados para su dictamen, mientras que la Comisión de Derechos Humanos emitirá una opinión.
