Opiniones

Transparencia opaca en morenismo gubernamental

            El principio constitucional y legal que debería dirigir y orientar la información oficial es el de máxima publicidad de los actos de gobierno.

            La Constitución de 1917 dispone: “Toda la información en posesión de cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos, así como de cualquier persona física, moral o sindicato que reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad en el ámbito federal, estatal y municipal, es pública y sólo podrá ser reservada temporalmente por razones de interés público y seguridad nacional, en los términos que fijen las leyes”.

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            Y adiciona, de manera relevante: “En la interpretación de este derecho deberá prevalecer el principio de máxima publicidad”.

            La Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, reitera, en lo que interesa: “En la aplicación e interpretación de la presente Ley, deberá prevalecer el principio de máxima publicidad”.

            La Suprema Corte de Justicia de la Nación, sostiene: “El principio de máxima publicidad incorporado en el texto constitucional, implica para cualquier autoridad, realizar un manejo de la información bajo la premisa inicial que toda ella es pública y sólo por excepción, en los casos expresamente previstos en la legislación secundaria y justificados bajo determinadas circunstancias, se podrá clasificar como confidencial o reservada, esto es, considerarla con una calidad diversa”.

            Entonces, las autoridades federales, estatales y municipales, están obligadas a respetar, cumplir y promover el principio constitucional.

            A partir de los gobiernos morenistas éste se encuentra en situación vulnerable, a juicio de especialistas en la materia; su práctica es dudosa y cuestionable.

            Las “reservas”

            Un ejemplo local, es la “reserva” de la información relacionada con el proyecto de “Ampliación del Puerto de Altura de Progreso”, que determinó el Inccopy, sin motivación ni fundamentación adecuadas y pertinentes; usó el concepto de “seguridad nacional”, materia exclusiva de la federación (ver “Inccopy cometió una torpeza jurídica”, EstamosAquí.mx, 20 de julio de 2026).

            En el ámbito federal, recuérdese el acuerdo presidencial de López Obrador que “declaró de interés público y seguridad nacional la realización de proyectos y obras a cargo del Gobierno de México asociados a infraestructura de los sectores comunicaciones, telecomunicaciones, aduanero, fronterizo, hidráulico, hídrico, medio ambiente, turístico, salud, vías férreas, ferrocarriles en todas sus modalidades energético, puertos, aeropuertos y aquellos que, por su objeto, características, naturaleza, complejidad y magnitud, se consideren prioritarios y/o estratégicos para el desarrollo nacional”, y que hizo nugatorio el principio constitucional de máxima publicidad.

            La Corte invalidó en su totalidad el dicho acuerdo, afirmando que éste, “permitía, por su amplitud y ambigüedad, que toda la información relativa pudiera ser considerada como reservada, lo que implicaba ampliar mediante un acto administrativo el supuesto de reserva previsto en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública”.

            Decreto presidencial

            El decreto presidencial publicado en la edición vespertina del Diario Oficial de la Federación, el pasado martes 4, se podría considerar como casi ocioso e impertinente. Contra lo declarado por el Ejecutivo federal y sus servidores, y a juicio de especialistas, el decreto “no aborda las reservas de información y hace referencia a abrir información que, por ley, ya debería ser pública”; agregan que “no tiene el alcance jurídico que se había planteado en la conferencia matutina” de la presidenta Sheinbaum Pardo.

            El Ejecutivo federal había declarado, según reportes de prensa, que “el nuevo decreto elimina la discrecionalidad de los servidores públicos para decidir qué información puede hacerse pública y cuál no, al establecer criterios específicos para la difusión de datos gubernamentales”.

            No es así. El decreto presidencia hace alusión casi exclusivamente al aspecto de las “contrataciones públicas” y a la información que contempla la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; la denomina “información adicional”.

            Nada novedoso.

            Repetición de normas

            Una organización que defiende la libertad de expresión y el derecho a la información -Artículo 19- fue categórica, en su análisis: “Es preocupante que el Poder Ejecutivo promulgue un decreto que solo repite las normas ya vigentes, mientras no resuelve las deficiencias de una legislación de transparencia que resultó regresiva, la cual abrió la puerta a la opacidad y a complicar el acceso a la información. Se necesita más que un decreto para corregir las fallas en un sistema que, hoy en día, niega derechos en lugar de garantizarlos”.  

            Presuntuoso

            El decreto presidencial, informó el Ejecutivo federal, “garantizará el acceso a la información de las y los mexicanos a través del fortalecimiento de la Plataforma Nacional de Transparencia”.

            La ley es la que garantiza el derecho humano al acceso a la información y promover la transparencia y rendición de cuentas; no un acto administrativo como lo es el decreto en cuestión.

                Máxima publicidad

            El decreto de referencia es de relevancia relativa, contribuye, hasta cierto punto, al cumplimiento del imperativo constitucional, de que toda la información oficial sea pública, especificada en la expresión de máxima publicidad de los actos de gobierno

            Más que la expedición de decretos como el publicado recientemente, todas las autoridades mexicanas deberían cumplir con el principio de máxima publicidad en la información oficial, establecido en la Constitución y en la ley, con las excepciones que expresamente señala la propia ley.

            Ahora, lo que se practica -alguien podría afirmar-, es una especie de transparencia opaca en el morenismo gubernamental.

            Informe de SAF

            La Secretaría de Administración y Finanzas publicó, en el Diario Oficial del estado, edición del pasado viernes 7, un “Informe sobre la situación económica, las finanzas públicas y la deuda pública” (sic), durante el segundo trimestre de 2026. Es “información del Sistema de recursos federales transferidos”.

            Se dice que ya pagó la suma de 390 millones 949 mil 048.13 pesos, a diversas entidades, instituciones y municipios. Por ejemplo, a la Japay asegura haber pagado 25 millones 695 mil 341.67 pesos de un total aprobado de 96 millones 474 mil 463.46 pesos.

            No se encuentran datos de algún “informe” de la “deuda pública”.

            Costará más

            El portal “Proyectos México. Oportunidades de inversión”, del gobierno federal, informa que el costo de la obra “Ampliación del Puerto de Altura de Progreso”, sería de 7 mil 225 millones de pesos (ver “Inccopy cometió una torpeza jurídica”, EstamosAquí.mx, 20 de julio de 2026).

            Ahora, el morenismo gubernamental, federal y estatal, dice que costará 12 mil 225 millones de pesos; un aumento de 5 mil millones de pesos (ver “Atrae Puerto de Progreso inversión nacional e internacional”, EstamosAquí.mx, 24 de julio de 2026).

            No hay manera de constatarlo, ya que el Inccopy “reservó” la información de la obra, con argumentos de “seguridad nacional”, materia en la que no tiene ninguna competencia, toda vez que es una facultad exclusiva de la federación.

            Librería Educal

            La instalada en Mérida, lleva el nombre del escritor yucateco Juan García Ponce, autor, entre otras obras, de “El canto de los grillos”, “La feria distante”, “La casa en la playa”, “Crónica de la intervención”, “Entre las líneas, entre las vidas”.

            Una noticia capitalina informa que las librerías Educal serán “absorbidas” por el Fondo de Cultura Económica (FCE). El FCE y la Universidad Autónoma de Yucatán (UADY) quedaron debiendo a los lectores yucatecos. Nunca hicieron realidad la librería del Fondo en el edificio central de la UADY.

            El FCE exhibe en la Librería García Ponce, los títulos que edita, en un espacio reducido e incómodo, ubicado sobre la calle 60 del Centro Histórico de Mérida.

            Los lectores yucatecos merecen una mejor librería del FCE.

            Cronistas

            El ayuntamiento de Mérida proyecta reglamentar la “integración y funcionamiento del Consejo de Cronistas” (ver “Intervendrán los primeros 60 parques con Mérida Enchula”, EstamosAquí.mx, 30 de julio de 2026). El reglamento vigente data de 1995, expedido por el alcalde interino Ulises González Torre. La propuesta no se encuentra visible en el portal del gobierno municipal.

            Sí hay una página denominada “Consejo de Cronistas. Ayuntamiento de Mérida 2024-2027”, en el que aparecen los cinco actuales: Jorge Cortés Ancona, Ileana Beatriz Lara Navarrete, María Teresa Lavinia Mézquita Méndez, Gonzalo Navarrete Muñoz, Jorge Victoria Ojeda.

            La página no tiene contenidos relevantes. Por ejemplo, en el apartado denominado “Actividades”, se exhibe un letrero que dice:

            – “¡No hay actividades por el momento!”.

            Botoncito de Azahar

            El Secretario de Educación Pública, Mario Delgado Carrillo, prominente militante de Morena, en mensaje a los niños becarios:

            – “Son 2 mil 500 pesos que les manda la presidenta (Claudia Sheinbaum Pardo) como apoyo para útiles, uniformes, o ¿por qué no?, un buen libro (…) Ya cayó el dinerito…”.

            “Tres clases”

            En el libro del español José Deleito y Piñuela, “La mala vida en la España de Felipe IV”:

            – “Había tres clases de prostitutas (sin incluir a las que se entregaban, no por lucro, sino por amor o liviandad): manceba, que vivía maritalmente con un hombre; cortesana, asalariada con disimulo, y de cierta categoría; y ramera, cantonera o buscona, la que era de todos y acechaba a los pasajeros desde las esquinas o cantones”.

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