
Quien necesite apoyo consular de España en Mérida, de Filipinas en Guadalajara o de Estados Unidos en Playa del Carmen debe saber que las tres personas que ocupaban esos cargos honorarios ya no cuentan con autorización del Gobierno de México. Los avisos se publicaron esta semana en el Diario Oficial de la Federación, entre ocho y casi dieciocho meses después de las fechas en que se dispusieron las cancelaciones.

La Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) publicó el 2 de octubre de 2026 en el Diario Oficial de la Federación (DOF) tres documentos de cancelación de autorizaciones definitivas, todos fechados el 28 de julio de 2026 y firmados por el secretario Roberto Velasco Álvarez. En los tres casos, el motivo es el mismo: el gobierno representado “dio por terminadas las funciones” que la persona desempeñaba.
Los tres casos publicados
En Guadalajara, el primer documento cancela la autorización definitiva número ocho de Martha Josefina Mejía de Castañeda, vicecónsul honoraria de la República de Filipinas con circunscripción en el estado de Jalisco. La cancelación se dispuso el 18 de abril de 2025; la autorización se había otorgado el 11 de noviembre de 1987.
En Quintana Roo, el segundo documento corresponde a Natalia Monserrat Mora Garcia, vicecónsul honoraria de Estados Unidos en Playa del Carmen, con circunscripción en los municipios de Felipe Carrillo Puerto y Tulum. La autorización número ocho se le otorgó el 20 de octubre de 2025 y la cancelación se dispuso el 30 de enero de 2026.
En Yucatán, el tercer documento cancela la autorización número cinco de Víctor Manuel Gómez Rodríguez, cónsul honorario del Reino de España en Mérida, con circunscripción en el estado de Yucatán. Se le había otorgado el 8 de septiembre de 2010 y la cancelación se dispuso el 20 de noviembre de 2025.

Qué es una autorización definitiva
Para que una persona ejerza funciones consulares en México, el país que la designa debe contar con el consentimiento del Gobierno mexicano, que lo formaliza en una autorización. Los textos publicados la llaman “autorización definitiva” y le asignan un número. Cuando el país representado concluye las funciones de su representante, la SRE cancela la autorización y la hace pública en el DOF.
Los cónsules y vicecónsules honorarios son representantes designados por un gobierno extranjero en ciudades donde no hay una oficina consular de carrera. Los documentos no describen las funciones de cada cargo ni los servicios que prestaban, por lo que esta nota no los enumera.
Qué no dicen los documentos
Las tres publicaciones solo informan que los gobiernos extranjeros dieron por terminadas las funciones. No explican las razones, no mencionan si se designó a un sucesor y no indican si las oficinas honorarias siguen operando. Tampoco aclaran por qué la publicación en el DOF ocurre entre ocho y casi dieciocho meses después de las fechas de cancelación, ni si existe otro cónsul honorario vigente de esos países en las mismas circunscripciones.
Datos clave
- Dependencia: Secretaría de Relaciones Exteriores; documentos fechados el 28 de julio de 2026.
- Publicación: Diario Oficial de la Federación, 2 de octubre de 2026.
- Entidades: Jalisco, Quintana Roo y Yucatán.
- Países: Filipinas, Estados Unidos y España.
- Motivo declarado: el gobierno representado terminó las funciones de la persona.
Qué hacer si se necesita apoyo consular
Las personas que requieran trámites o asistencia de Filipinas, Estados Unidos o España pueden acudir a la embajada o al consulado de carrera de cada país en México, o consultar los canales oficiales de cada gobierno para conocer qué representación atiende su zona. Las autorizaciones y cancelaciones de este tipo se publican en el Diario Oficial de la Federación.
En Guadalajara, Playa del Carmen y Mérida, las tres circunscripciones quedaron registradas oficialmente sin esos titulares. La publicación del 2 de octubre cierra el trámite en el diario oficial, aunque no responde quién atenderá hoy a la comunidad de cada país en esas ciudades.



