
El Tribunal Colegiado Segundo de Enjuiciamiento del Poder Judicial aplicó tremenda condena de 260 años de prisión, a Dionisio de Jesús Polanco C., luego del desahogo de diversos medios de prueba y emitir un fallo condenatorio por el delito de violación equiparada agravada.
En los hechos imputados se destaca que durante los años 2018, 2020 y 2021, le impuso cópula a la víctima de identidad reservada, en un predio ubicado en la población de Maxcanú, donde el menor acudia a unas pijamadas.
El menor contaba con la edad de 11 años al ser sometido por el ahora sentenciado, según se desprende de la carpeta de Investigación, ya que levantaba al niño cuando dormía y cometía el abuso.
Luego de los alegatos y después de breve receso, se pronunció la sanción a imponer por las 12 conductas desplegadas y aplicando el concurso real de delitos, da un total de 260 años 8 meses y 12 días de prisión.
Multa de 3 millones de pesos, no obstante, esa condena se ajustará a la pena máxima establecida en el Código Penal del Estado.
Se le condena al pago de la reparación del daño, se suspende los derechos políticos, se le niegan beneficios y otras restricciones.



