Quintana Roo

SCJN revoca suspensión judicial que permitía a Grupo Xcaret usar iconografía maya en su publicidad

26 de marzo/ Cancún, Q. Roo.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió, por mayoría de siete votos a favor y dos en contra, revocar la suspensión que permitía al Grupo Xcaret utilizar elementos del patrimonio cultural maya en su publicidad, dentro de un litigio derivado de un procedimiento administrativo iniciado por el Instituto Nacional del Derecho de Autor (Indautor).

La decisión se dio durante la sesión del pleno, este jueves, luego de analizar un recurso de revisión en incidente de suspensión relacionado con una resolución emitida el 21 de octubre de 2024 por Indautor, en la que se ordenó a la empresa evitar el uso de elementos culturales del pueblo maya en contenidos promocionales.

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Al ignorar la instrucción, la compañía mexicana con base en la Riviera Maya, fue multada por el Instituto, por lo que se amparó y argumentó que contaba con autorización del Gran Consejo Maya para utilizar iconografía maya en distintas variables, lo cual quedó asentado en un convenio.

Con base en ese acuerdo, el Gran Consejo Maya, que conforme a legislación local de 1998, es la máxima representación de las comunidades indígenas en la entidad, se presentó un desistimiento de la queja ante el Indautor, pero el instituto prosiguió el procedimiento.

Durante la sesión del pleno las y los ministros, concluyeron que el juzgado que emitió la suspensión a favor de Xcaret, no ponderó adecuadamente la defensa de los derechos indigenas, cuyo patrimonio es de interés colectivo y está por encima del interés privado.

También aclararon que la revocación de la suspensión, no resuelve sobre la legitimidad de quienes se ostentan como representantes del pueblo maya, sino sobre la procedencia de la suspensión conforme a los criterios del artículo 128 de la Ley de Amparo.

La mayoría concluyó que no se acredita la apariencia de buen derecho a favor de la empresa y que debe prevalecer el interés público y social en la protección del patrimonio cultural indígena.

La ministra Lenia Batres Guadarrama votó a favor del proyecto que proponía revocar la suspensión judicial, al señalar que el patrimonio cultural indígena constituye un bien colectivo y que su uso requiere el consentimiento del pueblo en su conjunto.

Indicó que el acuerdo suscrito entre la empresa y el Gran Consejo Maya de Quintana Roo no acredita dicha autorización general, por lo que no se configura un derecho que justifique la suspensión.

En el mismo sentido, el ministro Irving Espinosa  respaldó la revocación de la medida cautelar al considerar que concederla implicaría dejar sin efectos medidas precautorias dictadas para evitar una posible afectación al patrimonio cultural.

Señaló que ello contravendría disposiciones de orden público e interés social, al permitir la continuidad de actos que podrían constituir explotación de elementos culturales sin autorización de las comunidades.

En contraste, la ministra Yasmín Esquivel Mossa votó en contra del proyecto y se pronunció por confirmar la suspensión definitiva.

Argumentó que existen elementos que acreditan la apariencia de buen derecho, derivado del convenio celebrado entre la empresa y representantes del Gran Consejo Maya, mediante el cual se autorizó el uso de diversos elementos culturales, incluidos lengua, vestimenta, danzas y representaciones.

Expuso que dicho convenio establece una contraprestación económica de 15 millones de pesos a distribuirse en cinco años entre comunidades mayas, conforme a sus sistemas normativos, y sostuvo que no se acredita un daño concreto al interés social por la permanencia de la publicidad mientras se resuelve el fondo del asunto.

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