Quintana Roo

Frena Juzgado cambios de uso de suelo que favorecen la construcción del megaproyecto Perfect Day en Mahahual

26 de enero/ Cancún, Q. Roo.- A petición expresa de una empresa privada, el gobierno municipal de Othón P. Blanco autorizó, en contravención con la Ley Estatal de Asentamientos Humanos, cambios de uso de suelo en una superficie de 107.67 hectáreas en la localidad de Mahahual para posibilitar la construcción de su megaproyecto turístico, denominado Perfec Day, actualmente sujeto a evaluación del impacto ambiental a cargo de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat)

Ante ello, bajo el acompañamiento de la asociación Defendiendo el Derecho a un Medioambiente Sano (DMAS), miembros de la comunidad costera ubicada en la zona sur del estado, promovieron un amparo en contra del ayuntamiento de Othón P. Blanco el pasado 15 de enero, el cual quedó radicado en el Juzgado Primero de Distrito, que lo desechó, por lo cual se apeló la determinación.

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DMAS promovió un segundo amparo, visto por el Juzgado Sexto de Distrito, que hoy concedió la suspensión provisional que frena los cambios de uso de suelo solicitados por la empresa en noviembre de 2025 y aprobados en la sesión de cabildo llevada a cabo el 23 de diciembre.

“Esta resolución no decide aún el fondo del asunto, pero sí confirma que existen razones suficientes para evitar daños potencialmente irreversibles mientras el Poder Judicial analiza la legalidad de los actos impugnados”, indicó la agrupación, la cual aclaró que no está en contra del desarrollo, sino a favor del respeto irrestricto de la ley, la planeación urbana y el derecho de la comunidad a un medio ambiente sano.

Los efectos de la suspensión abarcan la imposibilidad del gobierno municipal para emitir constancias de uso de suelo, permisos y licencias de construcción acorde con la llamada “reconfiguración” de usos de suelo.

DMAS informó que la jueza, al otorgar la suspensión, reconoció de manera peliminar que existen elementos que justifican la protección urgente del medio ambiente, considerando el posible riesgo al ecosistema de manglar, la presión sobre el derecho al agua y la infraestructura existente, además de la magnitud del proyecto planteado y la aplicación del principio precautorio.

El órgano jurisdiccional consideró relevante que Mahahual presenta carencias de insfraestructura y saneamiento, lo cual puede agravar los impactos ambientales de un proyecto de gran escala, como el que la empresa Cielo Soleado S. d R.: de C.V pretende desarrollar.

¿De qué va el Perfect Day?

Pretende construirse en Mahahual sobre un predio de 82.58 hectáreas, que integran 825 mil 404.01 metros cuadrados de terreno, además de 404.88 metros cuadrados correspondientes a la Zona Federal Marítimo Terrestre (Zofemat).

Está pensado para atender una capacidad operativa de hasta 21 mil turistas provenientes de cruceros por día en el Puerto Costa Maya, con una proyección de crecimiento de 2 a 4.1 millones de turistas anuales hacia 2030, lo que incidirá económicamente en la región, de acuerdo con datos de la propia empresa.

El parque acuático poseerá áreas temáticas de bienvenida, atracciones acuáticas, recorridos que conectan a diferentes cuerpos de agua, incluyendo torres toboganes de diversas alturas e intensidades (desde extremos hasta familiares), juegos interactivos, chorros de agua y ríos de flujo lento, canal trajineras; comodidades y servicios, integrado por restaurantes, albercas de diferentes profundidades, asoleaderos, baños con regaderas, y amplios andadores.

También infraestructura de soporte, para garantizar la sostenibilidad y eficiencia, el parque incluirá una planta de ósmosis inversa (POI) y planta de tratamiento de aguas residuales (PTAR).

Se prevé la operación permanente del complejo con una plantilla de aproximadamente 2 mil 500 colaboradores y busca ofrecer diversas actividades y experiencias recreativas vinculadas al uso del agua y al turismo de playa.

El antecedente

En entrevista con EstamosAquí.mx, Irma Morales, abogada de DMAS, puso en contexto el origen del amparo, el cual se interpuso en contra de cambios de uso de suelo aprobados en sesión de Cabildo, en noviembre de 2025, para reconfigurar 107.67 hectáreas de territorio.

Los cambios fueron publicados el 5 de diciembre en el Periódico Oficial del Estado bajo el argumento de una “reconfiguración” del uso de suelo contemplado en el Programa de Desarrollo Urbano (PDU) 2021–2050 del centro de población de Mahahual.

Sin embargo, en los hechos, dicha reconfiguración implicó una modificación sustantiva al PDU, alterando los usos previamente asignados y permitiendo condiciones de construcción que antes no estaban autorizadas.

El cambio se hizo directo, violentando la Ley Estatal de Asentamientos Humanos que establece todo un procedimiento para modificar el PDU; procedimiento que no se siguió, lo que implica una evidente violación al marco legal y un vicio de origen en lo aprobado.

De acuerdo Irma Morales, esta reconfiguración tuvo como finalidad facilitar que los desarrolladores del proyecto obtuvieran, posteriormente, permisos y autorizaciones para edificar infraestructura que no era compatible con los usos de suelo originales.

La abogada expuso que conforme al artículo 64 de la Ley de Asentamientos Humanos cualquier modificación a un PDU incluye la intervención de un comité de Desarrollo Urbano, una consulta pública, talleres participativos y la intervención de instancias técnicas.

En este caso, no se realizó ningún ejercicio de consulta ni se convocó a los órganos correspondientes; el cambio se aprobó de manera expedita y fue publicado sin mayor trámite.

Luego de su publicación, el 9 de diciembre la Manifestación de Impacto Ambiental (MIA) fue ingresada a evaluación de la Semarnat.

En la MIA, la empresa señala que cuenta con el aval municipal derivado de la reconfiguración de los usos de suelo, lo que evidencia, según abogada, que la modificación fue un paso indispensable para destrabar las autorizaciones subsecuentes.

Paradójicamente, el propio dictamen técnico elaborado por el ayuntamiento, en respuesta a la solicitud de la empresa desarrolladora, reconoce que era necesario modificar el PDU conforme al artículo 64 de la ley, indicó Morales.

En dicho documento, la Dirección de Desarrollo Urbano del municipio señala que los cambios solicitados implicaban una modificación al PDU, lo que obligaba a seguir el procedimiento legal que, al final, se pasó por alto.

“Como si la consulta pública y todo el procedimiento legal no existiera”, describió Morales el actuar de la autoridad municipal.

En su opinión, el Cabildo incurrió en un acto de arbitrariedad, al limitarse a aprobar una solicitud sin verificar la legalidad de lo que estaba avalando, pese a que una de sus funciones es precisamente revisar que los acuerdos se apeguen a la ley.

DMAS figura entre las organizaciones que han solicitado a la Semarnat abra a consulta pública el proyecto y que realice una Reunión Pública de Información, en los términos que establece la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente (Lgeepa)

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