
Documento Núm. 2
[En el margen izquierdo hay varias líneas de texto ilegibles]
El solicitante abajo firmado, ante Ud. con el debido respeto expone
Que: deseando establecer un juego de lotería, nuevo en esta ciudad, y cuyas bases más abajo se expresan, para jugarse en la temporada de fiestas de Santiago; a Ud. suplica se digne concederle el permiso necesario, caso que, como es de esperar, merezca su justa aprobación.
La lotería arriba expresada, consiste en una serie de veinticinco nombres de flores, uno de cuyos nombres se encierra en una cajita que pendiente de un cordel está expuesta a la vista del público. Después de ser depositado en la caja el nombre de la flor que va a salir premiada, se procede a la venta de boletos que puede escoger el público, y para cuyo fin se anuncian en una lista los veinticinco distintos nombres de las flores que pueden salir premiadas, de modo que, el público puede elegir la flor que juzgue por conveniente lo mismo que comprar cuantas crea necesarias de un mismo nombre.
La cajita está pendiente en el local donde se expenden los boletos desde el momento que se vende el primero, y por ningún concepto se toca hasta la hora anunciada para el sorteo a cuyo fin cada boleto lleva estampada la hora en que deberá verificarse, que invariablemente será durante las horas que dure el paseo y delante de los tenedores de boletos, uno de los cuales puede abrir la cajita, si así lo desea, para saber el nombre de la flor premiada.
El precio de los boletos será de $ 0.25 veinticinco centavos cada uno y el premio de $ 3.00 tres pesos por cada boleto agraciado.
Para mayor claridad, me permito hacer presente a Ud. que no solo se expenden lotes completos de los 25 nombres[,] sino que el público puede escoger la flor que crea por conveniente aun cuando todos jueguen la misma flor, lo mismo que a ninguna persona se le niega la venta de la flor que solicite, sino hasta cinco minutos antes de la hora anunciada para el sorteo que se suspenderá la venta de boletos.
Protesto a Ud. la mayor legalidad y buena fe en todos los actos de esta lotería así como estoy conforme en cualquier modificación que estime Ud., lo propio que me comprometo a contribuir con un donativo cuando menos de $ 5.00 diarios para las
[hoja Núm. 2]
obras del nuevo hospital.
Mérida, 4 de Julio de 1904.
Juan Boté
Mérida, Julio 6 de 1904
Pase al C. Jefe político de esta capital, para que oyendo al H. Ayuntamiento de la misma, se sirva informar.
O. Molina
(Rúbrica)
[Un nombre y rúbrica ilegibles]
Mérida, Julio 7 de 1904
Para el H. Ayuntamiento de esta capital para que se sirva informar.
Agustín Vales Castillo
(Rúbrica)
Mérida, Julio 11 de 1904
Al Comisionado de Policía para que se sirva formular el informe que solicita el C. Jefe Político del partido de esta capital.
[Un nombre y rúbrica ilegibles]
Wilfredo Burgos, Srio.
(Rúbrica)
H. Ayuntamiento de esta capital.
El Comisionado de Policía que suscribe, encargado de formular en este expediente el informe que solicita el C. Jefe político del partido de esta capital, dice: que el juego de lotería que pretende establecer el Sr. Juan Boté, durante la próxima fiesta del suburbio de Santiago, es de naturaleza desconocida entre nosotros o cuando menos no es de las llamadas de cartón, permitidas en el Art. 677 del Código Penal; por consiguiente los intereses del público no están garantizados como debieran.
[hoja Núm. 3]
En años pasados se estableció en la capital de la República una lotería semejante a la que se refiere el postulante, con la única diferencia de que en lugar de emplearse el nombre de determinado número de flores se empleaban pequeñas figuras de animales. Transcurrido algún tiempo hubo necesidad de suspender o retirar la concesión, por las quejas del público y especialmente de la prensa.
En tal virtud el Comisionado de Policía que suscribe propone lo siguiente:
“Infórmese al C. Jefe político del partido de esta capital que no siendo la citada lotería de la naturaleza de las permitidas por el Art. 677 del Código Penal del Estado, no debe accederse a la pretensión del postulante, salvo mejor parecer del Superior Gobierno”.
Sala de Comisiones
Mérida, Julio 18 de 1904.
Rogerio G. Cantón
(Rúbrica)
Mérida, Julio 18 de 1904.
En sesión de hoy se dio cuenta el H. Ayuntamiento con el informe que antecede y fue aprobado.- Devuélvase este expediente al C. Jefe político del partido de esta capital para los fines consiguientes.
(Un nombre y rúbrica ilegibles)
Wilfrido Burgos, Srio.
(Rúbrica)
Ciudadano Gobernador:
La solicitud e informes que anteceden así como el contenido del artículo 677 del Código Penal del Estado, esta Jefatura es de la opinión[,] salvo la más acertada de esa superioridad, que no es de accederse a lo pedido por el ocursante por no ser dicha lotería conocida y por tanto prestarse a engaño, no siendo además autorizadas en dicho artículo.
Mérida, Julio 21 de 1904.
Agustín Vales Castillo
(Rúbrica)
[hoja Núm. 4]
Mérida, Julio 23 de 1904.
De conformidad con el informe y dictamen del C. Jefe político de este partido, no estando autorizada por la ley la lotería que el C. Juan Boté pretende establecer en la fiesta de Santiago, se declara sin lugar su solicitud de fecha 4 del presente mes.- Comuníquesele.
O. Molina
(Rúbrica)
[Un nombre y rúbrica ilegibles]
Fondo: Poder Ejecutivo
Sección: Beneficencia
Serie: Correspondencia
Año 1904
Caja Núm. 461 (Continuará)



