San Francisco de Campeche, Cam., 17 de noviembre.- El derecho humano al agua, refiriéndonos particularmente a la que se destina para el consumo de las personas, está especificado en la Constitución, leyes federales secundarias, estatales y en las ordenanzas municipales, sin embargo, al día de hoy el Estado Mexicano, a pesar de tener la capacidad, no garantiza este principio, afectando la economía y salud de la población, expuso el presidente de la Asociación Civil Moch Cohuó & Gutiérrez, Luis Gutiérrez Ramírez.
El también representante del Movimiento por la Liberación Democrática Social (Lidesol), expuso que la Constitución expresa que toda persona tiene derecho al acceso, disposición y saneamiento de agua para consumo personal y doméstico en forma suficiente, salubre, aceptable y asequible, pero debido a intereses de mercado y malas políticas públicas el Estado no ha sido capaz de garantizar éste derecho.
Con el propósito de sentar un precedente la Asociación Civil Moch Cohuó & Gutiérrez inició una lucha legal, con el propósito de exigir a las autoridades de Campeche cumpla con su obligación de dotar se verdadera agua potable a los ciudadanos.
Al menos en el plano legal, la exigencia de la asociación civil van por buen camino, ya que el Juzgado Primero de Distrito declaró procedente los actos reclamados en el amparo promovido por esta organización, expuso Gutiérrez Ramírez.
El entrevistado reconoció que esta exigencia y lucha no es cosa menor, ya que los recursos hidrológicos han cobrado en la actualidad un elevado valor económico, razón por la que grandes consorcios internacionales no han dudado en invertir recursos millonarios para apropiarse del vital líquido.
Por ser un tema estrechamente apegado a nuestra supervivencia como seres humanos, el Estado debe, está obligado a destinar recursos suficientes para garantizar el derecho humano al agua.
Sin embargo, resulta lamentable que la infraestructura y tecnología con que cuentan los organismos operadores y gestores de este servicio primordial, no satisfagan ni siquiera medianamente los requerimientos de la ciudadanía.
FACTOR ECONÓMICO
Las familias campechanas destinan un importante porcentaje de su ingreso para la adquisición de agua purificada, en algunos casos de dudosa calidad, lo cual es injusto sobre todo cuando el Estado tiene la capacidad y obligación de proveerle dicho bien, explicó.
La legislación existente en la materia es amplia y precisa, sin embargo, es necesario que el ciudadano tome conciencia respecto a su derecho, pero sobre todo de el valor real al recurso agua, para que se generen las políticas públicas necesarias para preservar y garantizar la disposición de este bien.
Debemos tener claro que, nuestra existencia como civilización, no puede ser posible sin la disposición de agua.