La Asamblea General de las Naciones Unidas, en su 78 periodo de sesiones, aprobó el pasado miércoles, una Resolución presentada por Cuba, China y la Federación de Rusia, sobre la promoción y protección de los derechos humanos, frente a las medidas coercitivas unilaterales que afectan a los sectores sociales más frágiles, al vulnerar sus derechos, tanto a la alimentación, a la atención médica, a la educación, como a los servicios sociales básicos.
La Resolución, aprobada por 128 países, contiene un llamado a todas las naciones a que “cesen de imponer bloqueos unilaterales incompatibles con el Derecho Internacional, el Derecho Internacional Humanitario, la Carta de las Naciones Unidas y las normas y principios que rigen las relaciones pacíficas entre los Estados”.
El texto de la ONU exhorta a los países a “abstenerse de emplear medidas coercitivas que atenten contra el sector económico, financiero o comercial entre las naciones, lo cual no es compatible con los derechos internacionales e impiden la realización plena del desarrollo económico y social sostenible, particularmente en los países en desarrollo”.
La Convención contra el Delito de Genocidio de 1948, en su artículo 2 y en sus incisos, específicamente, B y C, se refiere “al acto punible, delictivo, ilegal, de provocar daños en grupos humanos y al acto similar de generar condiciones que pongan en peligro la existencia de grupos humanos”.