Cancún, Q. Roo, 6 de septiembre. – La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) despenalizó el aborto en el Código Penal Federal, por la vía judicial, lo que implica que todas las mujeres y personas con capacidad de gestar podrán acceder a la interrupción del embarazo en instituciones federales de salud, informó esta tarde el Grupo de Información de Reproducción Elegida (GIRE)
La agrupación expuso que, con base en la sentencia sobre la inconstitucionalidad del delito de aborto en el Código Penal de Coahuila, resuelta por unanimidad por el máximo tribunal del país, en septiembre del 2021, promovió un amparo en contra del Congreso de la Unión y del Ejecutivo federal, por haber emitido una regulación que criminaliza la suspensión del embarazo.
“Hoy, la Corte analizó ese amparo y concluyó que el apartado del Código Penal Federal, que criminaliza el aborto, ya no tendrá efectos y, por lo tanto, a ninguna mujer o persona gestante, ni al personal de salud, se le podrá castigar por abortar”, indicó, al señalar que, además, se ordenó eliminar el delito de aborto de dicho Código.
La agrupación detalló que con esta resolución, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), el ISSSTE, PEMEX y cualquier institución de salud federal deberán brindar el servicio de aborto a todas las mujeres y personas con capacidad de gestar que lo soliciten.
Además, el personal médico de las instituciones federales de salud no podrá ser criminalizado por brindar este servicio de salud.
“Al haberse aprobado por unanimidad, esta sentencia se vuelve obligatoria para todas y todos los jueces locales y federales, quienes tendrán que implementar lo dicho por la Corte”, subrayó GIRE, al añadir que las entidades del país, cuya legislación aún obstaculiza la autonomía reproductiva deberán tomar en cuenta los criterios de la SCJN a fin de garantizar el derecho a decidir de las mujeres y personas con capacidad de gestar.