Cancún, Q. Roo, 14 de agosto.- La violencia mediática busca ser regulada como un delito en Quintana Roo, a través de una iniciativa que propone reformar la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y el Código penal de Quintana Roo, lo que incluye actualizar la definición de violencia digital para armonizar el marco legal local con el federal.
La iniciativa es impulsada por la diputada María Fernanda Cruz Sánchez, presidenta de la Comisión de Desarrollo Juvenil con Igualdad de Oportunidades, quien la presentó el pasado 25 de julio.
En ella se plantea reformar el artículo 15 BIS del capítulo III BIS sobre Violencia Digital; adicionar el artículo 15 TER, que constituye el Capítulo III TER, denominado “De la Violencia Mediática” y el capítulo III Quarter, todos de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Además, reformar el primer párrafo del artículo 130 sexties del Código Penal.
La propuesta fue leída el pasado 11 de agosto durante la sesión número 13 de la Comisión Permanente, presidida por la diputada Mildred Ávila Vera y turnada a comisiones para su estudio, análisis y dictaminación.
Lo que pretende es actualizar la definición de Violencia digital, conforme a las modificaciones hechas a nivel federal, en junio de 2021.
Así, será entendida como toda acción dolosa realizada mediante el uso de tecnologías de la información y la comunicación, por la que se exponga, distribuya, difunda, exhiba, transmita, comercialice, oferte, intercambie o comparta imágenes, audios o videos reales o simulados de contenido íntimo sexual de una persona sin su consentimiento, sin su aprobación o sin su autorización y que le cause daño psicológico, emocional, en cualquier ámbito de su vida o en su imagen.
Se incluye como Violencia digital a los actos que causen daño a la intimidad, privacidad o dignidad de las mujeres, que se comentan por medio de las tecnologías de la información y la comunicación, vistos estos como aquellos recursos, herramientas y programas que se utilizan para procesar, administrar y compartir la información mediante diversos soportes tecnológicos.
Entre las conductas consideradas como Violencia digital se encuentra el acceso o contron no autorizado a material personal de la víctima; el control y manipulación de esa información; la suplantación y robo de identidad; el monitoreo y acecho, las expresiones discriminatorias, el cyber acoso, las amenazas, la difusión de información personal e íntima, la extorsión (o sexstorsión), el desprestigio, el abuso sexual relacionado con la tecnología, las afectaciones a canales de expresión; las omisiones por parte de actores con poder regulatorio, por ejemplo.
“Tratándose de violencia digital o mediática para garantizar la integridad de la víctima, la o el ministerio público, la jueza o el juez, ordenarán de manera inmediata las medidas de protección necesarias, ordenando vía electrónica o mediante escrito a las empresas de plataformas digitales, de medios de comunicación, redes sociales o páginas electrónicas, personas físicas o morales, la interrupción, bloqueo, destrucción o eliminación de imágenes, audios o videos relacionados con la investigación, previa satisfacción de los requisitos de ley”, se señala.
Vale señalar que la Violencia digital se legisló y tipificó como un delito en Quintana Roo, en septiembre de 2020, no así la Violencia mediática.
Por ello, esta reforma busca catalogar como violencia mediática a todo acto a través de cualquier medio de comunicación, que de manera directa o indirecta promueva estereotipos sexistas, haga apología de la violencia contra las mujeres y las niñas, produzca o permita la producción y difusión de discurso de odio sexista, discriminación de género o desigualdad entre mujeres y hombres, que cause daño a las mujeres y niñas de tipo psicológico, sexual, físico, económico, patrimonial o feminicida.
“La Violencia mediática se ejerce por cualquier persona física o moral que utilice un medio de comunicación para producir y difundir contenidos que atentan contra la autoestima, salud, integridad, libertad y seguridad de las mujeres y niñas, que impide su desarrollo y que atenta contra la igualdad”, se lee en el documento, consultado por EstamosAquí Mx.