Quintana Roo

Publican en DOF sentencia que invalida parcialmente el PMOTEDUS de Tulum impulsado desde administración joaquinista

11 de mayo/ Cancún, Q. Roo.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) publicó hoy en el Diario Oficial de la Federación (DOF), la sentencia dictada por su Segunda Sala que declara parcialmente válido el Programa Municipal de Ordenamiento Ecológico y Desarrollo Urbano Sustentable (PMOTEDUS) de Tulum, derivado de la controversia constitucional 68/ 2021 promovida por el gobierno federal, en contra de la expedición de dicho instrumento híbrido, el 31 de marzo del 2021.

Si bien las y los ministros concluyeron la validez parcial del Programa, el 23 de noviembre del 2022, en realidad invalidaron prácticamente todo el instrumento, dejándolo inaplicable.

Como lo reveló EstamosAquí.mx el pasado 7 de marzo, la Segunda Sala de la SCJN confirmó que se estaban violentando las facultades y competencias federales, se acreditó la falta de participación del Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) en la discusión y aprobación del instrumento impugnado.

Se intentaba otorgar atribuciones locales para autorizar cambios de uso de suelo en terrenos forestales, por ejemplo o establecer zonas libres de organismos genéticamente modificados.

En la sentencia se declaró la invalidez del PMOTEDUS solo por lo que hace a las Unidades de Gestión Territorial Sustentable que colindan o afectan las áreas naturales protegidas de la Reserva de la Biósfera Arrecifes de Sian Ka’an, Parque Nacional Tulum y Reserva de la Biósfera Caribe Mexicano.

También se invalidaron los criterios ecológicos AGP-9 y AGP-10 del programa impugnado, así como los criterios SUB-28 y TUC-28; los primeros por violentar la competencia federal en materia de organismos genéticamente modificados y los segundos, por la regulación de residuos peligrosos.

En cuanto a la pretensión municipal, dictada desde el gobierno estatal, vía la Secretaría de Desarrollo Territorial Urbano y Sustentable (Sedetus) de la administración del entonces gobernador, Carlos Joaquín González, para autorizar cambios de uso de suelo en terrenos forestales, se invalidó el apartado “Lineamientos”.

Éste, contiene las Unidades de Gestión Territorial Sustentable (UGTS) 3, correspondiente al Corredor Akumal-XelHá, en cuanto a que el potencial máximo de cambio de uso de suelo en terrenos forestales es del 40 por ciento; la UGTS 9, XelHá- Punta Cadena, que asigna un porcentaje del 30 por ciento para modificar el uso del suelo; la UGTS 17, Laguna Kaan Lu-um, que establece un 5 por ciento de potencial máximo de cambio de uso de suelo; y la UGTS 22, Manuel Antonio Ay, que asigna un porcentaje de 35 de potencial máximo para los mismos efectos.

La declaratoria de invalidez “debe extenderse”, se indica, a todas las menciones de los criterios SUB-28, TUC-28, AGP-9 y AGP-10 que refieren las UGTS que no fueron invalidadas por esta sentencia.

La sentencia también deja a salvo la prerrogativa del ayuntamiento de Tulum para adicionar y reformar el PMOTEDUS y, especialmente, para expedir los criterios, lineamientos y estrategias para las UGTS que se invalidaron en la resolución, para lo cual se debe requerir la participación de la Semarnat.

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